El padre olvidó darme la absolución, ¿perdonó mis pecados?

Escrito por Jorge Sotomayor

09/01/2026

Sección: Lo que creemos

Los sacramentos constan de materia y forma para que sean válidos. Por eso, en la confesión, la absolución que da el padre es esencial para perdonar los pecados.

 

n sacramento siempre será de provecho espiritual para el receptor. Además, la Iglesia, que custodia y administra los sacramentos que instituyó nuestro Señor Jesucristo, cuida que den adecuadamente, usando siempre la materia y la forma propias de cada uno. Por eso, hablando de la confesión es primordial confesar los pecados y recibir la absolución del padre.

Respetar la materia y la forma

Alguien contó una experiencia: se había acercado a confesarse; había hecho su examen de conciencia, tenía propósito de enmienda, rezó el acto de contrición, dijo sus pecados. Pero en el momento en el que el sacerdote tenía que darle la absolución, solo dijo: «vete en paz».

Por supuesto, quedó con la duda: ¿sus pecados quedaron perdonados o no?

Primero, hay que recordar que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe emitió la Nota Gestis Verbisque sobre la validez de los sacramentos, en el que se indica:

«A los ministros se les pide un cuidado especial a la hora de administrarlos y en el revelar a los fieles los tesoros de gracia que comunican».

También, el documento indica, en el número 17:

«Para todos los Sacramentos, en cualquier caso, la observancia de la materia y de la forma se ha exigido siempre para la validez de la celebración, con la conciencia de que las modificaciones arbitrarias de una y/o de otra -cuya gravedad y fuerza invalidante deben ser comprobadas cada vez- ponen en peligro la concesión efectiva de la gracia sacramental, en evidente perjuicio de los fieles». 

Si no me dan la absolución, ¿qué pasa?

En el caso que nos ocupa, el padre Crisanto Rico, experto en Derecho Canónico, explica que «para la validez de la confesión es que el penitente diga los pecados de manera íntegra en número y especie; y que el confesor le dé la absolución. Si no se cumplen esos elementos no hay sacramento válido».

Además, expone que el sacerdote no puede dar la bendición y hacer una oración. «Tiene que decir la forma de absolución». «Hay una forma larga», comenta, y «otra es la breve: yo te absuelvo de todos tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo». Por eso, recalca que si no se cumplen esos elementos no hay sacramento válido.

Tampoco basta con tener la intención de recibir el perdón de los pecados – ni del que se confiesa ni del sacerdote – . El padre Rico aclara que hay un canon (144) que dice «que la Iglesia suple, pero no suple la potestad de orden y no suple los elementos esenciales para los sacramentos».

Así como no puede cambiarse el agua en el Bautismo – por ejemplo, por un aceite aunque esté bendito o exorcizado – si no hay agua y no se dice la fórmula trinitaria, no hay Bautismo válido. Del mismo modo, sigue diciendo el padre, «en la Confesión, si no se dicen los pecados o si no se da la absolución y solo dice ‘vete en paz’ eso no basta»

Esta es la fórmula de la absolución

Encontramos en el Catecismo de la Iglesia católica la bella fórmula «en uso en la Iglesia latina expresa el elemento esencial de este sacramento: el Padre de la misericordia es la fuente de todo perdón» y con la cual el sacerdote confiere la absolución de los pecados después de la Confesión:

«Dios, Padre misericordioso, que reconcilió consigo al mundo por la muerte y la resurrección de su Hijo y derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda, por el ministerio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo» (Ritual de la Penitencia, 46. 55 ).

 


Fuente: ALETEIA

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